BECA ALIANZA DEL PACIFICO
BECA ALIANZA DEL PACÍFICO
La Beca se dirige a ciudadanos/as de Chile, Colombia y México, que tengan un vínculo académico como estudiante de pregrado, estudiante de posgrado (doctorado), docentes universitarios o investigadores en alguna institución de formación técnica/tecnológica o universidad adherida a la Plataforma de la Alianza del Pacífico de sus respectivos países.
BENEFICIOS
Según el artículo 9 en las bases de la beca, indica:
9.1 La Beca «Plataforma de Movilidad Estudiantil y Académica de la Alianza del Pacífico» es una beca de reciprocidad financiada por el Ministerio de Educación a través del PRONABEC, que subvenciona los siguientes costos no académicos:
(i) Alimentación, alojamiento y movilidad local: manutención hasta por el periodo de duración de la beca y de acuerdo con el calendario académico remitido por la institución receptora.
(ii) Transporte: El transporte internacional será de ida y regreso desde la ciudad de origen y hasta la ciudad de estudios del país en donde se hará efectiva la beca. Los boletos aéreos se adquieren en clase económica, y se incluye el traslado nacional; así como los reajustes sufridos por modificación de fechas ocasionadas por reprogramación del calendario académico, la disponibilidad de vuelos de retorno o circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor no atribuible al becario.
(iii) Seguro de salud: Provisión al becario, mientras la beca se encuentre vigente, de un seguro de salud y accidentes, por los hechos o siniestros que le afecten y que acontezcan dentro del territorio de Perú, durante el periodo académico. Esta cobertura no cubre enfermedades pre-existentes. En caso de mujeres en estado de embarazo, que se postulen a la convocatoria, debe tener en cuenta las siguientes consideraciones:
a) El seguro médico no incluye controles prenatales, exámenes de diagnóstico ni atención del parto. b) El Gobierno Peruano no se hace responsable por trámites de nacionalidad, registro, traslado de familiares, cuidado del niño, etc. c) Los/las becarios/as deben cumplir con las normas sanitarias vigentes establecidas por el Gobierno del país de destino, desde su llegada y durante el tiempo de permanencia.
9.2 Los beneficios de la beca cubren hasta un máximo de diez (10) días antes del inicio del semestre académico (periodo de instalación) y cinco (05) días después del término del mismo (periodo de preparación para el retorno), conforme al calendario académico informado al PRONABEC por la IES receptora antes del inicio de la ejecución de la Beca. El periodo de instalación y/o el periodo de preparación para el retorno pueden ser ampliados, mediante resolución jefatural de la Oficina de Gestión de Becas, la cual podrá ser emitida de oficio o a pedido de parte, siempre que se sustente en una reprogramación del calendario académico, responda a la disponibilidad de vuelos de retorno o por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor.
9.3. Los procedimientos y requisitos para el otorgamiento de las subvenciones de costos indirectos se encuentran establecidos en las “Normas para ejecución de subvenciones para estudios en el Perú”, aprobadas por el PRONABEC. Así como, en las pautas establecidas en el Anexo N° 08 de las presentes Bases.
DURACIÓN
Según el artículo 8.1 en las bases de la beca, indica:
Modalidad l (Pregrado en institutos y universidades): La beca tiene una duración máxima de un (1) semestre académico (máximo 6 meses consecutivos) más el periodo de instalación, hasta un máximo de diez (10) días antes del inicio del semestre académico y el periodo de preparación para el retorno hasta cinco (05) días después del término del mismo. El periodo de instalación es el tiempo que permanece el becario en el Perú, desde el arribo al país hasta el inicio de sus actividades académicas. El periodo de preparación para el retorno es el tiempo durante el cual permanece el becario en el Perú, después de concluida sus actividades académicas y hasta el retorno a su país de origen. El semestre académico corresponde al calendario académico de la Institución de Educación Superior (IES) receptora, el mismo que no puede exceder los seis (06) meses.
8.2. Modalidad II (Doctorado) y Modalidad III (Investigadores y docentes): La beca tiene una duración mínima de tres (3) semanas y máxima de seis (6) meses, conforme al calendario aprobado por la IES receptora.
8.3. La beca se otorga para el semestre académico 2022-II, no pudiendo diferirse ni reprogramar a periodos académicos posteriores al periodo que fue otorgado.