EL VRA

DIRECCIÓN DE REGISTRO

Artículo 441° del Reglamento General)

Es el órgano de línea del Vicerrectorado Académico, responsable de registrar y emitir la documentación e información académica de los estudiantes y egresados de la UNE EGyV. Organiza en coordinación con las Facultades los procesos de matrícula. Es responsable del procesamiento documentario correspondiente a la certificación, así como de la información actualizada del estado académico de los estudiantes, para efectos de conocimiento de los récords académicos, certificados de estudios y declaración de expeditos para optar los grados académicos y títulos profesionales.
Las unidades orgánicas de la Dirección de Registro son:

  • Unidad de Programación Académica.
  • Unidad de Servicios Académicos.
  • Unidad de Grados y Títulos.

 

FUNCIONES (Art. 442° del Reglamento General de la UNE)

  • Formular la política de mejora de los servicios de registro académico.
  • Diseñar los formularios de trámite académico- administrativo.
  • Diseñar los procesos de los trámites académico-administrativos que correspondan a las áreas de su responsabilidad, así como los formularios respectivos.
  • Elaborar los diplomas correspondientes a los grados y títulos que otorga la UNE.
  • Registrar a los ingresantes de la UNE EGyV y asignarles un código de registro y matrícula.
  • Emitir los certificados de estudios, récords académicos, constancias y otros documentos académicos.
  • Coordinar con las Escuelas Profesionales, los Departamentos Académicos y las unidades de tutoría y consejería de las Facultades, el proceso de matrícula y los informes académicos.
  • Gestionar la implementación de sistemas informáticos.
  • Gestionar la emisión de los carnés universitarios.
  • Elevar al Vicerrectorado Académico el informe anual de su gestión.
  • Otras funciones que le asignen el Vicerrector Académico y las normas vigentes.